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Tema Num 316 de la Comisión de Seguimiento del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid. Sustitución unilateral de vivienda unifamiliar pareada por edificio residencial de vivienda colectiva, en parcela regulada por la Nz. 8.3º (edificación en vivienda unifamiliar), mediante la aplicación del régimen especial regulado en el art. 8.8.15 de las Normas Urbanísticas (calle Alfar, 7)

Comisión de Seguimiento del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid fecha: 18/02/2008
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