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Disposición derogatoria

La entrada en vigor de este Acuerdo-Convenio deroga automáticamente las previsiones convencionales y/o acuerdos de interpretación o desarrollo que contradigan lo establecido en el mismo.

Las previsiones convencionales y/o acuerdos de interpretación o desarrollo que regulen materias no reguladas o desarrolladas por este Acuerdo - Convenio, continuarán vigentes, en los términos establecidos en los mismos, siempre que no se opongan al presente Acuerdo Convenio y mientras no sean sustituidas por otras.

Todas las dudas o controversias que puedan suscitarse en relación a la concurrencia o al alcance de la vigencia de acuerdos anteriores, serán sometidas a la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

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