Disposición adicional décimo novena. Estabilidad y consolidación de empleo
Con fechas 29 de Marzo de 2017 y 9 de marzo de 2018 se firman entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública y los sindicatos CCOO (Comisiones Obreras), UGT (Unión General de Trabajadores), y CSIF (Central Sindical Independiente y de Funcionarios) sendos acuerdos para mejora del empleo Público cuyos contenidos se reflejan, respectivamente, en la Ley 3/2017, de 27 de junio de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales para el año 2018.
Es así que con la finalidad de disminuir la tasa de temporalidad conforme a lo previsto en el art. 19. uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y en el art. 19.uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales para el año 2018, y de fomentar, a tenor de lo previsto en la Disposición transitoria cuarta del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), la estabilidad en el empleo del personal funcionario y laboral al servicio de la Administración del Ayuntamiento de Madrid y sus OO.AA., durante la vigencia del presente Acuerdo Convenio se llevarán a cabo los oportunos procesos extraordinarios de consolidación y estabilización, que se someterán a los criterios establecidos en los Acuerdos que resulten fruto de la Negociación Colectiva como el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 11 de octubre de 2018