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Artículo 62. Tipos de actividades formativas del Plan de Formación

1. En función de la modalidad de enseñanza, las actividades formativas se clasifican en:

a) Actividades presenciales. Actividades formativas desarrolladas mediante la presencia física de los/as alumnos/as en las aulas.

b) Actividades virtuales. Actividades formativas desarrolladas mediante plataformas informáticas virtuales, con asistencia tutorizada o sin ella. Podrán contar con sesiones presenciales, siempre que estas no superen el 25 % de las horas totales de la actividad formativa.

2. En función de su finalidad, las actividades formativas se clasifican en:

a) Actividades abiertas. Actividades formativas para la promoción interna y la carrera profesional que tienen por objeto la cualificación administrativa general en función del subgrupo de titulación o categoría laboral, así como facilitar la adquisición los conocimientos necesarios para acceder a otros cuerpos, escalas, subescalas, clases, categorías o puestos de trabajo a través de los sistemas de provisión de puestos, promoción interna o promoción profesional específica.

Las actividades abiertas serán solicitadas por cada empleado/a municipal en la forma y plazo que se determinen en el Plan de Formación, sin que deban ser autorizadas por el/la responsable de formación.

b) Actividades transversales. Actividades formativas abiertas, dirigidas a la totalidad de los/as empleados/as municipales e impartidas preferentemente en modalidad virtual, cuyo objeto consiste en proporcionar conocimientos en ámbitos o sobre materias de interés común en toda la organización municipal.

c) Actividades restringidas. Actividades formativas para el desempeño del puesto de trabajo, perfeccionamiento y/o readaptación cuyo objetivo consiste en proporcionar una mejora o actualización en los conocimientos o habilidades necesarios para el eficaz desempeño del puesto de trabajo.

Las actividades restringidas se dirigen a empleados/as municipales que desarrollen un determinado puesto de trabajo y que precisen de una formación específica relacionada con el mismo.

Las actividades restringidas serán solicitadas por cada empleado/a municipal en la forma y plazo que se determinen en el Plan de Formación, debiendo ser autorizadas por el/la responsable de formación.

Las actividades restringidas también podrán ser solicitadas por los/as empleados/as municipales que precisen de formación específica, como consecuencia de una adaptación del puesto de trabajo por motivo de salud dictaminada por el Servicio de Prevención.

d) Actividades obligatorias. Actividades formativas de realización obligatoria para los/as empleados/as municipales. Las actividades obligatorias podrán tener por objeto la cualificación administrativa general o la mejora y actualización de los conocimientos o habilidades necesarios para el eficaz desempeño del puesto de trabajo.

Las actividades obligatorias serán solicitadas directamente por los/as responsables de formación cuando se consideren imprescindibles para el desarrollo del puesto de trabajo o así lo determinen las necesidades de la organización.

e) Actividades de acceso libre. Actividades formativas en materia informática fundamentalmente, accesibles en modo consulta a través de plataformas de formación virtual.

Las actividades de acceso libre se dirigen a la totalidad del personal municipal, pudiendo accederse a las mismas tantas veces como se desee.

3. Con el fin de conseguir una real y efectiva implantación del desarrollo profesional del personal municipal se destinará un mínimo del 30 por 100 del Plan de Formación a la realización de actividades formativas abiertas y transversales. A su vez, al menos el 40% de las actividades formativas incluidas en el Plan de Formación deberán ser virtuales.

4. La Comisión General de Formación podrá autorizar la realización de otras actividades formativas, tales como formación práctica vinculada a procesos selectivos, formación práctica a personal de nuevo ingreso, sesiones de trabajo, intercambios tutelados y otras análogas o similares, estableciendo el régimen aplicable a dichas actividades.

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