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Artículo 57. Fondos para la formación

1. En el ejercicio 2018 el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos autónomos consignarán en los programas presupuestarios correspondientes a la EFAM un Fondo por importe de 1.610.000 € destinado a la formación del personal municipal, que se incrementará en cada uno de los siguientes años de vigencia de este Acuerdo-Convenio en los términos que se determinen en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid. En cualquier caso, a partir de 2019 se garantizará el porcentaje de incremento general de retribuciones establecido por las respectivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado y, como mínimo, se garantizará un incremento de un 1%.

2. Esta dotación presupuestaria incluirá la financiación procedente de los Fondos de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, garantizará la completa realización del Plan de Formación de cada año y será gestionada íntegramente por la EFAM del Ayuntamiento de Madrid.

La Comisión General de Formación acordará la distribución anual del Fondo de forma proporcionada entre el personal funcionario y el personal laboral.

3. Los firmantes de este Acuerdo-Convenio se comprometen a participar activamente en todas aquellas instancias públicas u órganos con participación de representantes de los/as empleados/as municipales, con el objeto de promocionar la formación del personal municipal.

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