Artículo 29. Seguros
1. Seguros de vida e invalidez.
Todo el personal municipal estará asegurado en caso de fallecimiento o de invalidez, por cualquier causa. Las pólizas suscritas por la Administración asegurarán, producida la contingencia, la percepción, como mínimo, de las indemnizaciones siguientes:
| Cobertura | Indemnización a percibir |
| Fallecimiento | 10.000 € |
| Incapacidad Permanente Total | 5.000 € |
| Incapacidad Permanente Absoluta | 10.000 € |
| Gran Invalidez | 12.500 € |
2. Seguro de enfermedad o accidente profesionales.
Todo el personal municipal estará asegurado ante el riesgo de enfermedad profesional o accidente sufrido durante el ejercicio de las ocupaciones profesionales. Las pólizas suscritas por la Administración asegurarán, producida la contingencia, la percepción como mínimo de las indemnizaciones siguientes:
| Cobertura | Indemnización a percibir |
| Fallecimiento | 50.000 € |
| Incapacidad Permanente Parcial | % s/ baremo sobre 50.000 € |
| Incapacidad Permanente Absoluta | 65.000 € |
| Gran Invalidez | 80.000 € |
3. Acumulaciones.
Las indemnizaciones recogidas en los apartados Primero y Segundo de este artículo son complementarias y acumulativas, resultando los siguientes importes de las indemnizaciones a percibir:
| Cobertura | Indemnización a percibir |
| Fallecimiento por enfermedad o accidente no laboral | 10.000 € |
| Fallecimiento por accidente laboral | 60.000 € |
| Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual por enfermedad o accidente no laboral | 5.000 € |
| Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual por accidente laboral | 5.000 € + % baremo s/ 50.000 € |
| Incapacidad Permanente Parcial por Accidente laboral | % de baremo sobre 50.000 € |
| Incapacidad Permanente Absoluta para cualquier trabajo por enfermedad o accidente no laboral | 10.000 € |
| Incapacidad Permanente Absoluta para cualquier trabajo por accidente laboral | 75.000 € |
| Gran Invalidez por enfermedad o accidente no laboral | 12.500 € |
| Gran Invalidez por accidente laboral | 92.500 € |
4. Seguro de responsabilidad civil.
La Administración mantendrá las pólizas suscritas para cubrir la responsabilidad civil del personal incluido en el ámbito de aplicación de este Acuerdo-Convenio.