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Plan de Calidad Institucional del Ayuntamiento de Madrid 2023-2027

Título del plan: Plan de Calidad Institucional del Ayuntamiento de Madrid

Tipo de Plan (Anual/plurianual; Departamental/ Interdepartamental; Estratégico /operativo): plurianual/interdepartamental/estratégico

Fecha de aprobación: 30 de noviembre de 2023

Plazo de ejecución: diciembre 2023 a enero de 2027

Área/s de Gobierno/ OOAA implicados: Coordinación General de la Alcaldía / Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias / Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid / Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid

Dirección/es General/es responsable/s de su ejecución: Dirección General de Organización, Régimen Jurídico y Calidad Regulatoria

Resumen:

El Plan se estructura en tres ejes de actuación que integran 16 medidas dirigidas a incrementar la calidad institucional del Ayuntamiento de Madrid.

Objetivos del plan: dotar al Ayuntamiento de Madrid de una infraestructura legal e institucional que promueva la transformación de las instituciones municipales para dotarlas de mayor neutralidad, pluralidad y mejorar la eficacia y transparencia de la actuación administrativa.

Actividades previstas:

El primer eje de actuación incluye las medidas normativas necesarias para mejorar la calidad de las instituciones municipales. Las medidas de este primer eje se articulan a partir de la modificación de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid.

El segundo eje de actuación va dirigido a incrementar la seguridad jurídica del ordenamiento jurídico municipal y a profundizar en la simplificación administrativa iniciada a través del Plan de Gobernanza y Simplificación, e integra 5 medidas:

1. Continuar con la política de derogar expresamente aquellas normas y reglamentos que ya no se aplican, mediante la tramitación y aprobación de una nueva ordenanza derogatoria.

2. La elaboración de convenios de colaboración para la identificación y reducción de las cargas administrativas.

3. La revisión de las disposiciones de desarrollo de las normas municipales.

4. La revisión de los informes previstos en los acuerdos de organización y competencias.

5. Completar el proceso de normalización de los órganos de participación ciudadana. mediante la aprobación por la Junta de Gobierno de un modelo tipo de acuerdo de creación de consejos sectoriales y la posterior tramitación de los acuerdos reguladores de todos ellos.

Por último, el tercer eje, “calidad regulatoria”, profundiza y amplía las medidas de mejora de la regulación que vienen ya desde hace años implantándose en el Ayuntamiento de Madrid, estando conformado por 7 medidas:

1. Aprobación de un nuevo reglamento regulador de la elaboración de normas municipales.

2. Proceso de simplificación de las ordenanzas fiscales.

3. Continuación con los procesos de evaluación ex post de las ordenanzas aprobadas.

4. Normalización del contenido de la memoria de valoración de las alegaciones presentadas en el período de información pública de las normas.

5. Elaboración y aprobación de una instrucción sobre seguimiento del proceso normativo.

6. Incorporación de herramientas de inteligencia artificial para mejorar el lenguaje en la redacción de textos legales.

7. Mejora de los sistemas de información jurídica municipales.

Medios personales y materiales precisos:

La adopción de las medidas contenidas en el Plan no implica costes de personal, por lo que puede acometerse con los recursos humanos y materiales actualmente disponibles.

En cuanto a los recursos tecnológicos, la medida 3.6 implica la contratación de una nueva herramienta informática de inteligencia artificial para mejorar el lenguaje en la redacción de textos legales.

La medida 3.7 implica la realización de nuevos desarrollos en los sistemas de información jurídica municipales, que afectan a sistemas ya en funcionamiento gestionados por IAM:

− Base de Datos de Normativa Municipal CIBELEX. Sistema Web Experience Management (WEM).

− Huella Normativa (WEM).

− BOAM (WEM).

− Power BI (Microsoft).

− Gestores corporativos de expedientes.

Presupuesto:

No es posible realizar la cuantificación precisa de los gastos tecnológicos vinculados al desarrollo de las medidas previstas en el Plan en el momento de su aprobación.

Sistema de evaluación:

La ejecución del Plan será objeto de evaluación a través de un informe final, en el que se incorporarán los datos relativos a la ejecución de las distintas medidas y que será elevado a la Junta de Gobierno para su conocimiento y valoración.

Indicadores para su seguimiento y evaluación: Se facilitarán en el momento en el que se integre en el Programa Operativo de Gobierno.

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