Composición
Corresponde al alcalde/alcaldesa nombrar y separar libremente a los miembros de la Junta de Gobierno, cuyo número no podrá exceder de un tercio del número legal de miembros del Pleno, además del alcalde/alcaldesa. También designa al concejal/a-secretario/a, quien redactará las actas de las sesiones y certificará sobre sus acuerdos.