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Composición

El alcalde o la alcaldesa tiene la facultad de nombrar y destituir con libertad a los miembros de la Junta de Gobierno. El número de integrantes de esta Junta, sin contar al alcalde o la alcaldesa, no puede sobrepasar un tercio del total de miembros que componen el Pleno. También designa al concejal o concejala que se encarga de la secretaría, cuya función es dejar constancia por escrito de lo que ocurre en las reuniones y dar fe de las decisiones aprobadas.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid es el principal órgano de la ciudad que se encarga de la dirección política y de la administración municipal.

La Junta de Gobierno se reúne de forma ordinaria cada semana en la sala de Junta de Gobierno del Palacio de Cibeles, y las decisiones que toma se formalizan y publican bajo la denominación de acuerdos.

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