Contratos menores
Un contrato menor es un tipo de expediente de contratación de aplicación a determinados contratos de obras, servicios y suministro de escasa cuantía. Constituye un tipo de procedimiento que se caracteriza por exigir unos requisitos mucho más simples que los requeridos con carácter general en la contratación pública, en atención a la menor cuantía del contrato.
Se consideran contratos menores:
Los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras
Los contratos de valor estimado inferior a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios
Dirección General de Contratación y Servicios
fecha: 31/10/2024
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2021
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Durante el año 2021 se modifica la estructura del registro con la información del contrato, razón por la que hay dos ficheros con una estructura diferente.
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